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NOSSAS DIRETRIZES

REGLAMENTO INTERNO COLOVET, A. C.

1

Cumplir y hacer cumplir el reglamento y estatutos vigentes de esta Asociación.

2

Apegarse a la ética profesional que requiere el MVZ especialista en su práctica profesional especializada en odontología veterinaria.

3

Abogar por la unión gremial y apoyar a los socios de COLOVET

4

Apegarse a la legislación local, estatal y federal (de cada país) que compete a la profesión del MVZ odontólogo veterinario.

5

Conducirse de manera profesional apegándose a las más estrictas normas de respeto hacia los miembros de este Colegio, Colegas de otras asociaciones y a la sociedad en general

6

Los beneficios y obligaciones de ser socio de COLOVET serán válidos únicamente durante el periodo que esté vigente su anualidad y estando al corriente de sus pagos, y no podrán hacerse retroactivos.

La petición de uso de logotipo, lema y/o imagen institucional de COLOVET, deberá presentarse por escrito al Presidente de la Mesa Directiva en turno, quien a su vez, responderá de la misma forma, la autorización y tiempo permitido para su uso. El Presidente se podrá reservar el derecho a negar el uso de éste.

7

Deberá cumplir con los requisitos descritos en estatutos para poder aspirar a ser socio. (Llenar una solicitud de inscripción, presentar un currículum personal académico y profesional, se solicita que anexe una copia de título profesional, cedula profesional federal y estatal; y en caso requerido copia de posgrados o cursos de actualización; una carta de motivos por los cuales quiera ingresar al colegio de Veterinarios Odontológos; cualquier otro que sea requerido de acuerdo al reglamento de ingreso de COLOVET): Para ser socio activo es necesario: • Haber presentado una plática en algún evento de COLOVET o como representante de COLOVET en eventos externos. • Haber pertenecido a alguna mesa Directiva. • Haber publicado un artículo en publicación científica, haciendo alusión a COLOVET en forma positiva de no cumplir con estos requisitos, se le considerará Socio Transitorio.

Toda falta a los estatutos y a este reglamento será sancionada.

9

Las sanciones correrán a cargo del Consejo Directivo y en su defecto, del Comité de Honor y Justicia.

10

Las sanciones podrán ser: apercibimiento, suspensión temporal o expulsión definitiva, dependiendo de la falta, a consideración del Consejo Directivo y/o el Comité de Honor Justicia.

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De ser sancionado, se privará de todos sus derechos así como de sus obligaciones por el tiempo que dure la sanción y las cuotas pagadas, no serán reembolsables.

12

COLOVET se reserva el derecho de admisión a los aspirantes si hubiera dudas sobre la veracidad de sus estudios profesionales en caso de no mostrar la documentación pertinente, actuar profesional  y/o calidad moral hasta que estos sean aclarados.

13

No se podrá admitir a personas que estén en procesos de demanda o juicio legal, orden de arresto o que este en duda su honorabilidad

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